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TASHA LINDA da positivo en el control Anti-Dopaje.

Noticias nacionales1 comentario

Es Distancia al último puesto el día de su debut, en el premio Loterías y Apuestas del Estado disputado el 28 de marzo de 20. Teodoro Callejo apercibido con retirada de la licencia para entrenar.

TASHA LINDA en el Beamonte (Oaks) TASHA LINDA en el Beamonte (Oaks)


La potranca TASHA LINDA el día 28 de marzo de 2010, después de la disputa del Premio Loterías y Apuestas del Estado, paso por el control Anti-Dopaje. Remitida la preceptiva muestra al Institut Municipal d´Investigació Médica. IMIM, y habiéndose procedido al correspondiente análisis, se ha detectado la presencia de HIDROCHLOROTHIAZIDE.

El preparador Teodoro Callejo solicito se realizase el análisis de la segunda parte de la muestra. El análisis de la segunda parte de la muestra certificaba la existencia de HIDROCHLOROTHIAZIDE

Las alegaciones del preparador Teodoro Callejo, tras la segunda prueba fueron estas:

- Que tanto los propietarios como el entrenador de TASHA LINDA (IRE) habían sido Victimas de una negligencia o error veterinario, que supuestamente ha sido debido a una mala eliminación de la yegua.

- Que la cantidad de HIDROCHLOROTHIAZIDE encontrada en la muestra eran muy bajas y que en nada podría haber influido en el rendimiento de la yegua.

- Que se tenga en cuenta por tanto la involuntariedad en lo sucedido, haciéndose responsable de la decisión que se tome.


Es por ello, que los comisarios y la SFCCE tomen la siguiente decisión:

1. Distanciar al último puesto del premio Loterías y Apuestas del Estado disputado el 28 de marzo de 2010 a potranca TASHA LINDA (IRE), prueba en la que habia resultado ganadora.

2. Imponer la multa de 1.000 euros a D. Teodoro Callejo apercibiéndola que, en su caso de repetir este comportamiento, podría retírasele por plazo la licencia para entrenar.

3. Notificar dicho hecho a los interesados y ordenar la publicación del presente acuerdo en los Tablones de la S.F.C.C.E y de las Sociedades Organizadoras así como en el Boletín Oficial de las Carreras de caballos.

Contra este acuerdo los Comisarios de S.F.C.C.E podrán admitir un Recurso de Apelación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25 del anexo XI del vigente Código de Carreras. Dicho recurso deberá dirigirse al Comité de Apelación  en el plazo máximo de 10 días
 

1 comentario

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Por Cuadra La Jara ... el Sáb, 03/07/2010 - 10:28
Se tendría que dar el nombre del veterinario, y desconozco la normativa pero me pregunto si la federación correspondiente o la misma LAE no debería sancionarle también por fraude en las quinielas , ya que hay muchas personas afectadas .Por cierto, el producto dopante es un diurético,o sea, un eliminador, usado por deportistas para eliminar el verdadero producto dopante ,lo peor es que se ha detectado el camuflante y no el verdadero...por qué ??


4 de diciembre de 2024